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martes, 10 de abril de 2012

Millonaria indemnización por perder un brazo al probar un coche


Un vecino de Martos recibirá una millonaria indemnización después de que perdiera el brazo derecho tras sufrir un accidente mientras probaba un coche en el que se había interesado. La Justicia ha condenado al vendedor del vehículo, que era quien conducía, por cometer una falta de imprudencia. Circuló a 'una velocidad inadecuada'.


Los hechos ocurrieron el 5 de mayo de 2008, cuando José Manuel acudió al taller de Fernando M. L. para adquirir un vehículo tipo “buggy”. Antes de formalizar la operación, el comprador decidió probar el coche. El vendedor accedió y ambos se fueron hasta la carretera comarcal que une Martos con Santiago de Calatrava. El dueño del automóvil era quien conducía, mientras que José Manuel viajaba en el asiento del copiloto. Al llegar al kilómetro 2 de esa vía, Fernando M. L. efectuó una maniobra de cambio de sentido “sin adecuar la velocidad a esa maniobra”. Eso hizo que el “buggy” volcara sobre el lateral derecho. El pasajero sufrió importantes lesiones. De hecho, los médicos tuvieron que amputarle el antebrazo derecho. Estuvo 73 días ingresado en el hospital y no recibió el alta definitiva hasta pasados casi tres años desde que ocurrió el accidente.
El Juzgado de Instrucción número 2 de Martos condenó a Fernando M. L. al pago de una multa de 180 euros como autor de una falta de imprudencia leve. Además, su aseguradora tendría que indemnizar a la víctima con 358.085 euros. El dueño del taller, el seguro y el propio perjudicado recurrieron la sentencia ante la Audiencia. El conductor entendía que no había cometido negligencia alguna. Sin embargo, los magistrados rechazan este argumento y recuerdan el atestado elaborado por el Equipo de Atestados de la Guardia Civil. Ese informe determinó que el accidente se produjo por “inadecuada velocidad a la que circulaba el vehículo al realizar la maniobra de cambio de sentido para el estado y la anchura de la carretera”. Además, también asegura que el dueño del taller, “inexperto en la conducción de esos coches”, tendría que haber extremado la prudencia. Por todo ello, la Audiencia confirma la sentencia de primera instancia. La resolución ya es totalmente firme. Rafael Abolafia / Jaén

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